La brecha entre el marco legal aprobado y la capacidad operativa real del sistema es el riesgo central que los compradores de empaques deben calibrar desde ahora

Enfoque de decision

En diciembre de 2025, el Senado de México aprobó el proyecto para expedir la Ley General de Economía Circular, con el objetivo declarado de incrementar la reciclabilidad y promover la recuperación, el aprovechamiento y la valorización de materiales. La señal operativa para compradores de empaques es directa: el marco legal que determinará las reglas de diseño, etiquetado y responsabilidad sobre los materiales puestos en el mercado acaba de tomar forma legislativa en el país.

Resumen en 90 segundos

En el cierre de la semana, el Senado aprobó en diciembre de 2025 el proyecto de la Ley General de Economía Circular. El dictamen establece la reciclabilidad como objetivo central y reconoce formalmente la figura de la persona recicladora de base dentro de la cadena de valor ambiental. La infraestructura de recuperación sigue siendo limitada: un esfuerzo conjunto encabezado por Ecolana y aliados logró recolectar 80 toneladas de plásticos flexibles a través de centros de acopio y plantas de separación durante el año previo. La brecha entre el marco legal aprobado y la capacidad operativa real del sistema es el riesgo central que los compradores de empaques deben calibrar desde ahora.

Que esta pasando realmente?

La aprobación de la Ley General de Economía Circular no ocurre en el vacío. Tiene lugar en un contexto donde las campañas de reciclaje corporativas en México enfrentan una crítica estructural: producen imagen pero rara vez miden resultados en kilogramos recuperados, personas alcanzadas o cambios de hábito verificables. Cordero, cofundadora de Ecolana, señaló que las empresas que buscan soluciones de reciclaje en el mercado mexicano requieren información real sobre cómo operan los sistemas de recolección y qué barreras enfrentan los ciudadanos. El comportamiento del consumidor, la operación de los centros de acopio y las condiciones estructurales del país difieren de forma significativa de otros mercados donde los compradores de empaques pueden tener más experiencia.

Ecolana ha identificado que uno de los problemas centrales en el sistema es la falta de claridad en mensajes y etiquetas de reciclaje, lo que genera confusión directa entre los consumidores. Esto no es un problema de voluntad: es un problema de diseño y comunicación que arranca desde la especificación misma del empaque. Las campañas puntuales de recolección difícilmente generan cambios de conducta porque modificar hábitos requiere tiempo, seguimiento e incentivos sostenidos, no eventos anuales de imagen corporativa.

Las 80 toneladas de plásticos flexibles recolectadas mediante centros de acopio y plantas de separación ilustran la escala real del sistema combinado en México. Para un comprador que coloca decenas o cientos de toneladas de flexibles en el mercado cada año, ese número es un indicador de la capacidad de recuperación efectiva disponible hoy. La distancia entre lo que se coloca en el mercado y lo que se recupera define la exposición regulatoria que se aproxima.

Por que importa para Compradores de Empaques

La aprobación del proyecto convierte una conversación aspiracional en un proceso legislativo activo con tres implicaciones operativas inmediatas para quien compra empaques en México.

La primera es el diseño de materiales. Si la ley establece objetivos de reciclabilidad por categoría, las estructuras multicapa, resinas mixtas y barreras que hoy se especifican sin ese criterio podrían requerir reformulación. Las decisiones de especificación que se toman ahora —selección de resina, compatibilidad de adhesivos, tintas certificables— tendrán que alinearse con los requerimientos que la reglamentación defina. Esperar al reglamento antes de revisar el portafolio comprime los tiempos de respuesta en el momento menos conveniente.

La segunda es el etiquetado. Ecolana documenta que la ausencia de claridad en etiquetas es una causa de falla operativa en la cadena de reciclaje. Una ley de economía circular típicamente incluye requisitos de comunicación de reciclabilidad al consumidor. Si el comprador no tiene visibilidad sobre cuáles materiales de su portafolio son efectivamente reciclables en las condiciones reales del mercado mexicano —no en condiciones ideales de laboratorio—, la exposición de cumplimiento es real.

La tercera es la responsabilidad extendida. El dictamen reconoce a la persona recicladora de base o pepenadora como figura con aportación social, económica y ambiental, lo que señala una intención legislativa de formalizar cadenas informales y, posiblemente, asignar responsabilidades más explícitas a quienes colocan materiales en el mercado. La responsabilidad ambiental, según Cordero, debe ser compartida entre empresas, gobiernos y actores de toda la cadena — no delegada al consumidor final.

Perspectiva a futuro

Si el proyecto se promulga y se reglamenta con objetivos cuantificables, es razonable anticipar tres frentes de presión. Primero, la convergencia hacia mono-materiales y estructuras reciclables recibirá respaldo legal en México, sumándose a tendencias regulatorias que ya operan en la Unión Europea y algunos estados de EE. UU. Segundo, los requisitos de etiquetado verificado —no autodeclarado— podrían exigir certificación de reciclabilidad en condiciones locales, no solo estándares internacionales que el sistema mexicano aún no puede procesar a escala. Tercero, el concepto de Responsabilidad Extendida del Productor (EPR) podría expandirse más allá del plástico de un solo uso hacia categorías más amplias de empaques primarios y secundarios.

Lo que aun es incierto

La aprobación del proyecto por el Senado no equivale a ley promulgada ni a reglamento vigente. No está confirmado el calendario de promulgación ni el proceso de reglamentación secundaria. No se conocen los objetivos cuantitativos de reciclabilidad por categoría de material, los plazos de cumplimiento, ni los mecanismos de verificación o sanción. La fuente de este análisis es una entrevista publicada en medios generalistas, no el texto legislativo oficial. Los compradores que operan en México deben monitorear el Diario Oficial de la Federación para la promulgación y los decretos reglamentarios antes de tomar decisiones de portafolio irreversibles.

Una pregunta para tu equipo

¿Qué porcentaje de los materiales de empaque que hoy especificas para el mercado mexicano puede demostrar reciclabilidad real —en el sistema de recolección y separación efectivamente disponible en México— y no solo reciclabilidad teórica en condiciones de laboratorio?


Fuentes

  • Msn — Empresas hacen campañas verdes, pero no siempre reciclan con resultados reales (Link)