Colombia está implementando un nuevo gravamen, el Impuesto Nacional sobre Productos Plásticos de un Solo Uso en la Importación (IPUSUI), diseñado para regular la importación de productos plásticos de un solo uso destinados al empaque. Esta medida, que tomó forma cuando la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) publicó una segunda versión de su proyecto de resolución sobre la declaración, liquidación y pago del impuesto, afecta directamente los bienes que ingresan al país e implica consecuencias significativas para el sector minorista y las decisiones de compra de los consumidores. El gravamen se calcula según el peso del empaque plástico de un solo uso, creando un incentivo financiero directo para reducir el uso de plástico en productos importados.
El IPUSUI introduce una nueva capa de complejidad para los minoristas colombianos, particularmente aquellos que dependen en gran medida de productos o empaques importados. A medida que los consumidores en 2026 muestran mayor sensibilidad al precio, propensión a cambiar de marca y búsqueda activa de valor, cualquier aumento en los costos de productos debido a este impuesto podría influir significativamente en el comportamiento de compra. Este gravamen subraya una tendencia más amplia donde las regulaciones ambientales se intersectan con realidades económicas, obligando a las empresas a reevaluar sus cadenas de suministro, estrategias de empaque y modelos de precios.
Los esfuerzos continuos de la DIAN para regular el IPUSUI, incluida la publicación de una resolución de proyecto revisada, destacan el marco administrativo y operativo que se está estableciendo para este nuevo gravamen. Esta resolución detalla los procedimientos para declarar, liquidar y pagar el impuesto, que es un arancel aduanal activado por la nacionalización de bienes. El impuesto se aplica a productos plásticos de un solo uso importados destinados al empaque, ya sea para consumo personal o reventa, así como a bienes que llegan al país ya contenidos dentro de tales empaques plásticos. El núcleo del cálculo del impuesto descansa en el peso en gramos del plástico de un solo uso, enfatizando la necesidad de medición precisa y documentación de materiales de empaque.
Para el panorama minorista colombiano, el IPUSUI representa un aumento tangible en los costos operacionales. Esto es especialmente cierto para categorías de alto volumen como alimentos, bebidas, artículos de cuidado personal y bienes para el hogar, donde el uso de empaque plástico es generalizado. En un entorno donde los consumidores compran menos, están más dispuestos a cambiar de marca y priorizan opciones rentables o marcas propias, las empresas enfrentan decisiones estratégicas críticas. Estas incluyen rediseñar empaques para minimizar el peso del plástico gravado, explorar materiales alternativos o adoptar principios de economía circular. Además, los minoristas deben decidir si absorber el costo adicional, trasladarlo a los consumidores mediante precios más altos u compensarlo ajustando sus portafolios de productos. El impacto potencial en la elasticidad de precio y la percepción del consumidor sobre el valor es una consideración clave.
El comportamiento del consumidor en Colombia, analizado por el Índice de Consumidor Futuro de EY, pinta un cuadro de un mercado cada vez más moldeado por presiones económicas. Para 2026, se espera que los compradores colombianos sean más conscientes de su gasto, más abiertos al cambio de marca y constantemente en búsqueda del mejor valor. Esta conciencia elevada del gasto, combinada con presiones inflacionarias y restricciones del costo de vida, significa que cualquier cambio que afecte los costos de productos, incluidos impuestos sobre empaques, probablemente resonará directamente en las opciones de los consumidores. El análisis de EY también señala una disposición creciente de los consumidores a optar por alternativas más sostenibles, incluso a un precio más alto, siempre que el valor agregado sea claro y creíble. Esta dinámica crea un equilibrio delicado para los minoristas, ya que el IPUSUI podría alejar a consumidores conscientes del precio o, si se gestiona y comunica efectivamente, alinearse con una demanda creciente de prácticas sostenibles.
Las obligaciones operacionales derivadas del IPUSUI son sustanciales. La resolución de proyecto de la DIAN describe un sistema integral de control y reporte. Los requisitos clave incluyen la declaración del impuesto usando el Formulario 330 y su pago mediante el Formulario 490. Los importadores también necesitarán completar un reporte detallado para declaraciones de importación. De manera crucial, la documentación de apoyo, como certificaciones de proveedores o transportistas, será necesaria para sustentar la información declarada. El IPUSUI se declara y paga anualmente, lo que requiere que las empresas consoliden datos de todas sus actividades de importación y mejoren la trazabilidad en toda su cadena de suministro. Esta carga administrativa requiere sistemas internos robustos e inversiones potencialmente nuevas en gestión de datos y cumplimiento normativo.
En última instancia, el IPUSUI puede servir como catalizador para la innovación dentro del sector de empaques e impulsar eficiencias operacionales para los minoristas. Sin embargo, si no se gestiona estratégicamente, también podría erosionar la competitividad. El éxito de su implementación depende de qué tan efectivamente las empresas puedan integrar el cumplimiento fiscal con sus estrategias comerciales y narrativas de sostenibilidad. Al abordar proactivamente los desafíos y oportunidades presentados por este impuesto, los minoristas colombianos pueden navegar este panorama regulatorio en evolución y potencialmente mejorar su atractivo para una base de consumidores cada vez más consciente tanto del precio como del impacto ambiental. El trabajo continuo de la DIAN en refinar la resolución señala un compromiso permanente de establecer un marco claro y exigible para esta medida ambiental y fiscal significativa.
Fuentes
- https://www.ey.com/es_co/insights/tax/ipusui-impuesto-plasticos-importacion-colombia
